A CARGO DEL EMBAJADOR DEL URUGUAY EN BOLIVIA
DON DIEGO ZORRILLA DE SAN MARTÍN
He venido a rendir homenaje al Prócer chuquisaqueño, doctor Jaime de Zudáñez, quien tuvo un papel protagónico en la gesta emancipadora y que luego, luchó por la causa de la libertad y de la independencia de Chile, Argentina y Uruguay.
Charcas fue tierra de héroes y la patria fundacional de la libertad americana. La gesta libertadora del 25 de mayo de 1809 nos convoca a bolivianos y a los sudamericanos a participar en las celebraciones que se programan para conmemorar el Bicentenario del Primer Grito Libertario de América.
Y es bueno que lo hagamos. Se trata de un justo y merecido reconocimiento. Tenemos que rescatar del olvido a nuestros héroes que lucharon y dieron sus vidas por la Libertad que hoy gozamos y difundir sus valores y el legado de quienes forjaron nuestras nacionalidades.
Resulta pues, oportuna la celebración de este bicentenario para reivindicar a nuestras ilustres figuras y el real sentido de su lucha. Es importante que la juventud de nuestros pueblos conozca sus valores, sus esfuerzos y los duros sacrificios que hicieron ante la opresión a la que estaban sometidos, para dejarnos el legado más preciado: la LIBERTAD!
Por ello, se comprende la elaboración del Plan Maestro que ha lanzado el Comité Nacional de Conmemoración del Bicentenario del Primer Grito Libertario de América. Compartimos la iniciativa de que Sucre sea considerada como "la ciudad cuna de la libertad americana".
Aquí, se formó aquel grupo de rebeldes integrado por el "Defensor de los Pobres", el doctor Jaime de Zudáñez, Bernardo Monteagudo, "ciudadano de América", que llegó a ser posteriormente Secretario del General San Martín; Mariano Moreno, los hermanos Joaquín y Manuel Lemoine, Mariano Serrano, Manuel Mercado y muchos más, que lograron provocar el descontento popular ante la opresión que eran objeto e inician una campaña de agitación, de desconfianza que culmina con los hechos del 25 de mayo.
No puedo dejar de referirme al hecho de estar en esta "Casa de la Libertad", construida por la Compañía de Jesús, de los padres Jesuitas, para el funcionamiento de la prestigiosa Universidad Mayor y Pontificia de San Francisco Xavier, en el que se graduaron como doctores de Charcas los principales protagonistas de las revoluciones de 1809 y entre ellos, Zudáñez.
En su Sala Mayor se reunió, a partir de julio de 1825, la Asamblea de diputados altoperuanos convocadas por el Mariscal Sucre para deliberar sobre el destino del país y aquí, el 6 de agosto de ese año, se decidió la fundación de la República de Bolivia. Seguramente, Ustedes conocen la trayectoria del Gran Alto Peruano, Jaime de Zudáñez, uno de los Prohombres de nuestra América, nacido en Chuquisaca el 25 de julio de 1772, fervoroso republicano, combatiente de la tiranía y del despotismo al que fueron sometidos nuestros pueblos.
Actuante en los primeros movimientos revolucionarios de la que más tarde sería la República de Bolivia, prestigioso entre las clases humildes, la prisión de Jaime y de si hermano Manuel fue decretada por las autoridades españolas, lo que dio origen al amotinamiento popular del 25 de mayo de 1809.
Encarcelado más tarde se le tuvo diez meses entre rejas hasta su remisión a El Callao, donde siguió en prisión hasta agosto de 1811, en que pudo embarcarse con rumbo al puerto de Valparaíso.
En Chile se puso a servicio de la Patria "en horas de ansiedad y preocupación" para los independentistas. Tuvo una activa participación en la vida pública y redactó en horas aciagas proclamas oficiales llenas de calor patriótico, entre ellas, escribió el "Catecismo Político Cristiano", famoso opúsculo de propaganda en pro de la causa americana.
Actuó en la vida pública chilena colaborando en la redacción del Reglamento Constitucional de 1812. Integró la Junta Gubernamental y en 1813, asumió la Secretaría de Relaciones Exteriores, lanzando en mayo de 1813, el Manifiesto del Gobierno de Chile a las naciones de América y Europa.
Su nobleza de ser y actuar la puso de manifiesto en la carta de renuncia al cargo de Encargado de las Relaciones Exteriores de Chile, en la que expresa:
“Excelentísimo Señor:
A pesar de mi eterna gratitud a las bondades de V. E., y a la generosa acogida que he merecido en el Estado de Chile, después que arrancado de mi patria, y del seno de mi desgraciada familia por los tiranos enemigos implacables de los sagrados derechos de la América, sufrí todas las calamidades que me atrajo su furor: el notorio quebranto de mi salud me inhabilita a desempeñar la Secretaría interina de Relaciones Exteriores, y la Judicatura del Supremo Tribunal Judiciario, a que la magnánima piedad de V. E. se dignó elevarme sin mérito alguno mío. Esta forzosa causa, Señor Excmo. es la única que podía obligarme a hacer dimisión de ambos empleos para recuperar mi salud en el campo, y disponer sucesivamente mi viaje a las Provincias Unidas del Río de Plata, adonde soy llamado. Dígnese V. E. admitirla, sellando con este acto su bondad paternal, y dispensándome la justicia de creerme que en cualquier peligro de la patria seré el primero en sacrificar mi vida por defenderla.
Dios guarde a V. E. muchos años - Santiago, 9 de Octubre de 1813 – Jayme de Zudáñez –“
En 1814, como asesor de los generales O'Higgins y Mackenna, interviene en la negociación del Tratado de Lircay con los jefes militares españoles. Después del desastre de Rancagua del 2 de octubre de 1814, y perdido Chile para los independientes, cruzó la cordillera y se refugió en Buenos Aires, donde en 1815 se le hizo asesor del Cabildo y fue electo diputado por Charcas al Congreso de Tucumán en 1816, que luego pasó a funcionar en la capital porteña.
Al incorporarse al Congreso de Buenos Aires fue elegido vicepresidente del mismo, y allí, defendió con mucho coraje las ideas republicanas en la discusión de la Constitución que fuera sancionada el 22 de abril de 1819 que, por su naturaleza
unitaria, provocó el rechazo de las
provincias, mientras los caudillos federales se enfrentaron al
Directorio de
José Rondeau.
En estas circunstancias, Zudáñez participó activamente como franco defensor de la República como sistema político de gobierno frente a las veleidades monarquistas puestas de manifiesto por los congresistas.
Se ha afirmado que Zudáñez, luego de su lúcido y brillante desempeño como representante de Chuquisaca en el Congreso de Buenos Aires "retrajo su vida, limitó sus relaciones con el mundo político, con el que no estaba de acuerdo ni en la desmedida ambición personal, ni en el pensamiento de importar un Rey al Nuevo Mundo, ni en los fines simplemente comerciales de la Revolución, que en Charcas fue verdaderamente idealista, emancipadora y democratizante y por eso él, lo mismo que los demás altoperuanos no intervinieron más en la vida política argentina". Discrepaba con el monarquismo porteño, el personalismo y el mercantilismo de los políticos de Buenos Aires. Frente a esta situación, se abstuvo de intervenir en la vida política argentina y en 1820 "cruza charco" y se instala en Montevideo, en la Banda Oriental, en la Provincia Oriental.
En la Provincia Cisplatina.
Zudáñez llegó en un triste momento para la Provincia Oriental, ya que en 1821, fue anexada al Reino Unido de Portugal, Brasil y Algarbe y luego, en 1822, al Imperio del Brasil hasta 1827, con el nombre de Provincia Cisplatina.
En abril de 1825, un puñado de patriotas, "Los 33 Orientales" levantaron en armas al pueblo y lo liberaron del dominio extranjero. El 25 de agosto de 1825, se declaró la independencia del país.
Constituida la antigua Banda en República libre y soberana por la Convención de Paz de 1828, el Dr. Zudáñez fue uno de los ocho diputados electos por el departamento de Montevideo para representarlo en la Asamblea General Constituyente que se instaló en la Ciudad de San José el 24 de noviembre de 1828.
Alcanzada la pacificación del territorio y establecido el orden institucional, se hacía necesario dotar a la Nación del documento jurídico que recogiera la voluntad de constituirse como tal, organizar sus autoridades y reconocer los derechos fundamentales de sus ciudadanos y habitantes. Y aquí aparece la preclara figura del jurista y profundo conocedor del derecho constitucional, Dr. Jayme Zudáñez.
Tal era el liderazgo, el prestigio, al talento, la personalidad y la recta forma de actuar de Zudáñez, y su preparación jurídica, que la Asamblea General Constituyente y Legislativa, lo designó Presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales, encargada de elaborar el proyecto de la Carta Constitucional.
Mientras tanto, el 2 de agosto de 1829, fue designado por la Asamblea Constituyente, Miembro del Tribunal Superior de Apelaciones, mientras continuaba siendo Diputado y tal era su valioso caudal de conocimientos jurídicos y la ecuanimidad de su espíritu que la Asamblea Constituyente le confió la redacción de una pieza que es historia en mi país, que fue El Manifiesto que la Constituyente dirigió al Pueblo Oriental para que comprendiese a cabalidad el significado del Juramento que el Pueblo iba a hacer sobre la Constitución de la nueva República, el 18 de julio de 1830.
Al respecto, nuestro historiador, Ariosto Fernández, escribió lo siguiente: "Por su jerarquía intelectual y prestigio político Jaime Zudáñez recibió el homenaje de honor, justo y merecido de escribir el Manifiesto de la Asamblea General Constituyente y Legislativa a los pueblos que representa. En estas páginas, póstumos testimonios de su exaltado querer político, Jaime Zudáñez nos lega un histórico mandato, henchido de verdades eternas, escritas para todos los tiempos y pueblos".
Se trata de una notable pieza que guarda perfecta armonía ideológica con otros documentos que salieron de la misma pluma.
El 18 de julio de 1830 se juraba la primera Constitución de la República.
Las ceremonias para jurar solemnemente la nueva Constitución, se señalaron para el día 18 de julio de 1830 a los efectos de preparar, de educar a la población acerca de la importancia del texto de la Carta Magna. Voy a leerles, el legado que Zudáñez nos dejó. Se trata de una lección magistral, en la que pone de manifiesto conceptos que, después de 177 años, tienen total vigencia por ser una notable y actual lección del sentido de la vida democracia y del acatamiento a sus principios y a su sistema. "Montevideo, 17 de julio de 1830, es decir en la víspera de la Jura de la Constitución.
Por encima de todo, la libertad hay que preservarla, cuidarla!
"Veinte años de desastres, de vicisitudes y de incertidumbres, nos han dado lección práctica de que el amor a la independencia y a la libertad, el deseo de conseguirla y los sacrificios por obtenerla, no son suficientes para conservar ese bien, tras del cual corremos en vano desde el principio de nuestra gloriosa revolución.
Vosotros fuisteis de los primeros que en la guerra de la independencia disteis pruebas de ese ardor bélico, que inflamó a los amantes de la Patria. Vosotros, abandonando vuestros bienes, vuestras familias, vuestros padres, vuestros hijos, arrostrasteis los peligros y fatigas de una campaña para defender la independencia del suelo en que nacimos y las libertades que nos prometimos, por medio de instituciones nuevas y análogas a nuestras necesidades.
Sin embargo, este deseo que se manifestaba en todos, este fuego sagrado, que os alentaba en las desgracias, os animaba en los desastres, os hacia resignados en las privaciones, y os precitaba a los peligros y a la muerte, lo visteis desvanecer delante de vuestros ojos y cuando habías creído llegar al término de esa carrera de males y desgracias, uno mucho mayor vino a sobrecogeros y haceros caer bajo la dominación de un extranjero.
Vuestro brío nuevamente inflamado por el amor a la libertad, restableciendo los antiguos vínculos con nuestros hermanos, salvo segunda vez, al país y fijo el momento en que por un tratado de paz, entre la República Argentina y el Gobierno del Brasil, debían elevarse el suelo de nuestros hijos al rango de Nación libre e independiente".
El fiel respeto a la Constitución y a la Ley.
Los votos que hicisteis al tomar las armas en 1810, y al empuñarlas de nuevo en 1825, empezaron a cumplirse; pero no se llenaran jamás, si como mostrasteis ardor en la guerra, no lo mostráis igualmente en respetar las autoridades, amar las instituciones y observar invariablemente el pacto constitucional que han sancionado vuestros Representantes.
El respeto a los principios constitucionales.
Nuestro país, careciendo, por su despoblación, de los elementos que tienen en si las Naciones del viejo mundo, llenara tal vez con dificultad las necesidades que demandan los diversos ramos de la administración interior; pero, presentando también menos obstáculos al régimen constitucional, llegara a la prosperidad y grandeza en que hoy se encuentran otras, que poco ha, eran iguales a nosotros, si como ellas somos rígidos observadores de los principios que proclamábamos.
La igualdad ante la ley, la libertad que se opone a esta, y la seguridad de las personas y propiedades son las bases de donde arrancan la felicidad de los ciudadanos, y el engrandecimiento de las Naciones.
Vuestros Representantes conciliando estos principios con el respeto debido a la Religión Santa de nuestros padres, los han consignado en el código fundamental; y las legislaturas siguientes, los desenvolverán por leyes análogas, bastantes a conservarlos.
La búsqueda de la felicidad común.
La forma de Gobierno republicano que ha sido sancionada, no sólo es conforme al espíritu público del país, a los principios proclamados desde la revolución de América, y a los deseos de casi todos sus habitantes; sino también el más propio para alcanzar esa libertad, que tanta sangre y tantos sacrificios cuesta a los Orientales.
Vuestros Representantes, siguiendo ese sentimiento Nacional, han desenvuelto las bases en que se funda, han dividido los poderes, separaron la formación de las leyes, de su ejecución y aplicación, detallaron las atribuciones de cada uno y reconocieron, que residiendo la soberanía radicalmente en la Nación, solo a ella por medio de sus Representantes compete formar las que se han de obedecer, porque solo ella puede imponer preceptos coercitivos de la liberta natural, cuando lo exige la felicidad común, único y exclusivo fin de toda asociación política.
Sin una autoridad encargada de formar las leyes; sin un Gobierno que cuide de cumplirlas; sin jueces que las apliquen en las contiendas particulares; los hombres no reconocerían otro derecho que el del más fuerte, ni éste otra razón de obrar que su utilidad y su capricho: no habría deberes que llenar, ni obligaciones que cumplir; y una confusión perpetua, sería el escollo en que vendrían a estrellarse la libertad individual, la seguridad del ciudadano, y el tranquilo goce de sus propiedades.
Estas verdades que prueban la necesidad de un Gobierno, nos enseña también; que cuando un mandatario, por la fuerza, o el sufrimiento vergonzoso de los pueblos pretende y consigue reunir los diversos poderes que garanticen sus libertades, puede por el mismo hecho mandar lo que quiere, y hacer cumplir lo que manda.
Entonces las leyes dejan de ser la convención que los hombres hacen entre sí, para reglar el ejercicio de sus facultades naturales, determinar la legalidad de sus acciones, y lo que debe prohibirse a cada uno, por el interés de todos: ellas son el precepto de un particular, que somete a los demás; los esclaviza dejándolos dependientes de sus deseos, y convierte la sociedad en un espectáculo de despotismo o de anarquía.
Los derechos del que manda y las obligaciones del que obedece.
De aquí nace la necesidad de estos diversos poderes, conservadores del orden público, y la dificultad de trazar la línea, que detallando sus atribuciones demarque, también, los derechos del que manda y las obligaciones del que obedece.
La Constitución que vais a jurar visada ya por los gobiernos del Brasil y la República Argentina, deja a vuestros Representantes el cuidado de crear los destinos que demande el servicio público; designarles las dotaciones a que sean acreedores, disminuir o aumentar en esta proporción los impuestos que forman la renta de la Nación; sancionar las leyes que reglen el uso de vuestras propiedades, de vuestra libertad y seguridad: proteger el gozo de vuestros derechos, defenderos contra el abuso de la autoridad: velar sobre el cumplimiento de las leyes, y hacer responsable a los infractores.
Estas augustas funciones forman la base de las garantías sociales, y la Nación para conservarlas, solo necesita fijar su elección sobre las personas que ligadas íntimamente a ella, no sean contenidas por el temor, ni la prostitución pro el interés.
Es en precaución de esto que son excluidos de representaros; los dependientes a sueldo del Poder Ejecutivo; porque debiendo aquellos ser guardianes vigilantes del cumplimiento de la ley, y rígidos censores de cualquier abuso, necesitan firmeza para defenderos, y que sus intereses no se opongan a los vuestros.
Los tres poderes: Ejecutivo, Legislativo y Judicial.
La Constitución encomienda al Poder Ejecutivo, haceros saber las leyes sancionadas por vuestros Representantes, para que conozcáis los deberes que habéis de llenar, y las cosas que os son prohibidas, le encarga obligarlos a observarlas, porque el orden público no puede sostenerse, sino por el exacta cumplimiento de los deberes recíprocos le permite emplear la fuerza, ya para contener las aspiraciones individuales, ya para defenderos contra todo ataque exterior imprevisto, porque sin esta atribución, vuestra libertad política y civil quedaría a merced del ambicioso que intentase destruirla, pero es obligado a dar cuenta inmediatamente al cuerpo legislativo y a esperar su resolución: porque este poder fuerte, que administra la hacienda Nacional, manda la fuerza armada, distribuye los empleos públicos, y ejerce directamente su influencia sobre los ciudadanos, no daría garantías bastantes, sino hubiese de respetar y reconocer a la ley, como única regla de su conducta.
Velando pues sobre el cumplimiento de esta, responde a las vez las infracciones que cometa; es obligado a dar razón de sus operaciones y de su responsabilidad se extiende, hasta un año después de haber cesado en el mando.
La justicia.
Últimamente el código constitucional establece un Tribunal Supremo de Justicia, que debiendo juzgar las infracciones de su Constitución, y los abusos de autoridad, reprimirá al poderoso por la aplicación de la ley, y desagraviara al miserable; conteniendo así las personas que desempeñan las funciones de los poderes constituidos, los conducirá al solo objetivo de su institución, y los conservara dentro del circulo de sus respectivas atribuciones.
La independencia del Poder Judicial.
Vuestros jueces en el ejercicio de la judicatura, no dependerá ya del que manda, ni las sentencias que pronuncien serán el producto de su influjo; y cuando vuestros legisladores reglamenten el juicio por jurados, que advertiréis sancionado, aparecerá entre vosotros por la primera vez esa institución, cuya utilidad es reconocida por el mundo civilizado.
Entonces vosotros mismos seréis jueces unos de otros, y la libertad civil no dependerá sino de los ciudadanos; la administración de la justicia no continuara circunscripta a un pequeño número de hombres; vosotros determinareis los hechos sobre los cuales el juez ha de aplicar la ley; os será permitido examinarla, y aseguraros que es la misma que establecisteis, y a que voluntariamente os sujetasteis. Los procesos quedaran cubiertos con el velo misterioso de las formas envejecidas, tanto más temibles cuanto están menos al alcance del público.
Los DDHH.
Tales son las bases que deben reglar la marcha de los poderes constitucionales. Vuestros representantes no pueden lisonjearse de una invención; pero si de que regidos por el patriotismo y por el interés público, han seguido las sendas de otros pueblos trillaron para llegar a su prosperidad, y hacer felices a sus conciudadanos. Los derechos sociales del hombre han sido respetados: su igualdad legal, la seguridad personal, la inviolabilidad de las propiedades, el derecho de petición, el libre ejercicio de toda clase de industria, agricultura y comercio; la libertad de prensa; el reposo domestico, el secreto sagrado de las correspondencias epistolares; y finalmente, el pleno gozo de cuanto la ley no prohíbe, han sido consagrados en la Constitución.
No esperéis, sin embargo que ello repare instantáneamente los males que vuestra sociedad ha experimentado; lo que siente generalmente la América, y lo que sufre todo el país al reformar sus instituciones.
No, no es ella solamente la que ha de traernos la tranquilidad interior y la libertad. Es preciso que nosotros le sacrifiquemos las aspiraciones que nos prestemos gustosos, a cumplir la ley, y nos opongamos con firmeza al que intenta traspasarla.
Los medios que nos son permitidos, los encontrareis detallados en la Constitución; si empleamos otros; si nuestras opiniones privadas han de dirigir nuestra conducta, en vano lo juraremos, y en vano esperaremos sus saludables efectos.
Cuidar el interés común.
Ninguna sociedad puede conservar la paz interior sin un centro de autoridad que reuniendo alrededor de si la opinión pública del país, el mismo interés común la haga obedecer y respetar.
Por una fatalidad que ha hecho la desgracia de los pueblos americanos, el espíritu del partido, la ambición, la codicia, la venganza, las pasiones todas, se han reunido para desconocer ese centro común, que decidiendo las cuestiones que motivan las crisis políticas, habría siempre conservado la tranquilidad: la obstinación, y el empeño en vencer, no han conocido limites; así todos los poderes han sido vilipendiados y asaltados a la vez; nada ha sido respetado: y perdido de esta manera el equilibrio que lo sostenían, las reacciones se han sucedido, y la fuerza armada ha decidido la suerte de los pueblos, y ha hecho de ellos el juguete de las pretensiones particulares.
¡Cuántas veces allanó el paso a la primera magistratura, y los que aspiraban a la libertad, los que se llamaban republicanos, han tolerado con vergonzosa paciencia las cadenas que les impuso un ambicioso! Veinte años han transcurrido después de nuestra revolución, y vemos que los nuevos Estados de América no han conseguido aun consolidar su existencia política.
Otro tanto debemos esperar, si la fuerza es alguna vez entre nosotros titulo suficiente para hacer valer pretensiones personales. Si no tenemos bastante virtud para resignarnos, y sujetarlas a los poderes constituidos, nuestra patria no existirá, porque su existencia depende del sacrificio que hacen todos los individuos de una parte de su libertad, el uso de la fuerza lo destruye; esta cimienta la tiranía, o perpetua las reacciones, porque la opresión es el germen que las produce; y cuando un pueblo tiene un sentimiento uniforme por la libertad, es necesario que las instituciones marchen a su nivel.
No será posible alcanzar jamás una perfecta consonancia de ideas y pensamientos, pero los trastornos que resultan de la diversidad de opiniones, cuando no salvan las formas constitucionales, producen un efecto pasajero que no ataca inmediatamente a la sociedad, y las personas quedan garantizadas de sus resultados, por el respeto que aún se conserva a la ley: mas, cuando los poderes que sostienen la máquina política se inutilizan, porque los súbditos intentan oponerse por las vías de hecho, la guerra es el resultado necesario; las leyes quedan olvidadas; las garantías sociales se desprecian: se rompe todo freno; las desgracias se suceden; los ciudadanos se desmoralizan; los partidos desconociendo limites a sus pretensiones, se hacen culpables a la vez, y el país, corriendo de revolución en revolución, se precipita a su rutina.
La exhortación.
Orientales: la experiencia de todos los pueblos os demuestra estas verdades; y el convencimiento mismo que produce debe haceros más recomendable vuestra Constitución. Si os sentís decididos a defenderla; si os resignáis a nivelar por ella vuestras acciones; si deseáis la salud de la patria, juradla; porque es de su exacto cumplimiento que debéis esperar.
Vuestros Representantes se glorían de encontrar en todos sus conciudadanos este noble sentimiento; y el será para ellos la mejor recompensa de la constancia con que defendieron vuestros derechos, y del interés que se toman por vuestra futura felicidad.
Sala de Sesiones de la Asamblea General Constituyente y Legislativa de la República, a 30 de Junio de 1830.”
Declaradas incompatibles por la nueva Carta las funciones legislativas y las judiciales, Zudáñez dejó de asistir a la Asamblea para concentrarse en su labor de Magistrado y en ejercicio de sus altas funciones, falleció en Montevideo el 25 de marzo de 1832 y sus restos descansan en la Catedral Metropolitana de nuestra capital.
Sin lugar a duda, estamos hablando de un Gran Republicano, que fue un Prócer de América, de un ser humano de alta capacidad moral, intelectual y cívica, que puso en práctica de sus profundas convicciones religiosas. ¿Y cómo es posible que un Prohombre de la emancipación chuquisaqueño de origen, promotor del Primer Grito de 1809, no tenga su monumento nada menos que en la Plaza 25 de Mayo de esta ciudad capital?
Y termino, afortunadamente puedo decir, esto no es una apología, ni una frase hecha, que Bolivia y Uruguay, siempre han sostenido una muy buena relación, por muchos motivos que le he indicado, históricos, culturales, nuestra antigua pertenencia al Virreinato del Río de la Plata, y nuestra admiración mediante el desarrollo de los sistemas democráticos, desde la Constitución Uruguaya de 1830, y la presencia de Don Jaime Zudáñez, en esa Constituyente Uruguaya, han tenido un vínculo y una relación muy estrecha y muy cordial. Compartimos esta gloria de la historia boliviana, de la uruguaya y de la del continente americano.
Uruguay en muchas oportunidades, eso tengo que destacarlo, por el gran apego que tiene a su política internacional, a la vigencia del Derecho Internacional, ha apoyado diversas propuestas bolivianas a la solución de su diferendo relativo a la reivindicación marítima.
El Uruguay comprende y apoya el propósito del pueblo y Gobierno de Bolivia por alcanzar una plena reintegración marítima, mediante una solución negociada con la República de Chile y en ese sentido se congratula de las actuales negociaciones en curso entre ambos países.
Hemos tenido una permanente actitud de apoyo en diversos foros internacionales, por una solución pacífica, justa y acordada que dé satisfacción a las Partes involucradas, particularmente el acceso boliviano al mar y contribuya al fortalecimiento del proceso de integración en beneficio de los Estados de la región.
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